La inhumación, también conocida más popularmente como entierro, es el acto de depositar el féretro donde yacen los restos mortales del fallecido sobre una sepultura (en el suelo) o nicho (en la pared).
Las inhumaciones se llevan a cabo en los cementerios y ponen fin a un largo proceso en el cual se ha preparado al fallecido desde el momento de la muerte hasta su sepultura.
La inhumación o entierro se lleva a cabo de forma posterior al velatorio o ceremonia previa, y en este acto se entierra el ataúd donde se encuentra el féretro con el finado, o sus cenizas en una urna si este ha sido incinerado.
Es el último paso antes de dar por concluido el proceso tras la muerte de la persona hasta darle sepultura. Tras la inhumación, la familia podrá vivir su duelo y visitar la tumba de su ser querido en el lugar donde haya sido inhumado.
El nicho deberá ser adquirido o alquilado por la familia al titular de los nichos del cementerio, que habitualmente es el municipio donde se encuentra el cementerio. Para poder hacer uso de uno, se abona una cantidad determinada para la concesión de su uso por un tiempo determinado, que puede ser renovado una vez que la concesión finalice. Los nichos podrán comprarse o alquilarse, aunque hay que destacar que su compra no es para siempre si no que deberá renovarse la titularidad sobre el nicho. La titularidad de los nichos también podrá transferirse a otras personas para que su propiedad se mantenga generación tras generación.
En España podemos diferenciar entre los dos tipos de entierros que más se practican en nuestro país. Dependiendo de las creencias que posee cada familia sobre la muerte, o si son creyentes o no, pueden escoger entre un entierro religioso o uno civil, enfocando la perspectiva del acto desde una u otra forma.
Cada religión posee su visión propia acerca de la muerte y sus propios rituales sobre el acto final de enterrar a un ser querido. Al no ser un acto igual para todas las religiones, cada funeraria puede adaptarse a los requerimientos de los clientes para hacer que puedan celebrar una despedida a su manera, siendo fieles a sus creencias.
En España, la religión más predominante es el cristianismo, por lo que los funerales cristianos son los más comunes en los cementerios españoles. Los párrocos trabajan en conjunto con las funerarias para poder ofrecer a todos los que lo necesiten un funeral adaptado a sus necesidades y basado en sus valores cristianos y religiosos.
En el caso de la Iglesia católica se suele practicar de forma tradicional el enterramiento o inhumación, pero desde 1963 se autorizó la práctica de la incineración para enterrar al fallecido. Por otro lado, en la religión islámica no se permite la incineración del cadáver, ni el uso de tumbas, bóvedas, ataúdes u otro tipo de ajuar funerario, si no que solo se contempla el traslado del cadáver amortajado hasta la tumba.
Las ceremonias laicas van ganando cada vez más adeptos. Estas ceremonias son completamente personalizables y pueden adaptarse a los requerimientos de los familiares del fallecido. En este tipo de entierros no prima lo religioso si no que se realizan otros actos más sencillos y alejados de las creencias religiosas. En ocasiones es común que los familiares realicen su propia despedida, coloquen música, lean diferentes escritos o poemas...
A diferencia del anterior caso, en este tipo de inhumación tendremos un maestro de ceremonias o celebrante que será el que guíe el acto. Las funerarias pondrán a su disposición a un profesional capacitado para realizar ceremonias de este tipo desde el respecto y la solemnidad que un acto como este requiere.
Lo normal es que los enterramientos se realicen en un cementerio, pero en ocasiones existen personas que desean inhumar a sus seres queridos fuera del camposanto. Para ello, los interesados deberán comunicárselo a la funeraria y esta tramitará la solicitud, pero lo normal es que sea denegada.
La Sanidad Mortuoria es el ámbito que se encarga de regular de forma general toda clase de prácticas sanitarias en relación con los cadáveres y restos mortales, y las condiciones técnico-sanitarias de los féretros, vehículos y empresas funerarias de los cementerios y otros lugares de enterramiento. Las comunidades autónomas son las encargadas de regular este aspecto y establecer sus propias normas.
La policía sanitaria mortuoria establece que los entierros deben llevarse a cabo en lugares adecuados para tal uso como es el cementerio, y de querer realizarse la inhumación en otro lugar se debe pedir obligatoriamente una autorización sanitaria. Por eso es tan complicado que se conceda el permiso de enterramiento para inhumar al cadáver en otra propiedad que no sea el cementerio. Por otro lado, en caso de haber realizado una cremación, las cenizas sí pueden enterrarse donde nosotros deseemos.
Si desea conocer más sobre nuestros servicios, en Funeraria Bilbilis le ofreceremos toda la ayuda y el apoyo que necesita en estos momentos. No dude en llamarnos o escribirnos y solicitar toda la información que requiera. Nuestros asesores le podrán guiar convenientemente a través de todo el proceso y organizar una ceremonia acorde a sus gustos para despedir a su ser querido. Contacte con nosotros e infórmese.